Aprueba Veracruz el matrimonio igualitario

AGENCIAS.- Desde este jueves 2 de junio se quitaron los candados legales y las personas del mismo sexo ya podrán contraer matrimonio en Veracruz, tras dejar atrás el modelo tradicional de hombre y mujer.

Con una mayoría de votos de los integrantes del pleno del Congreso del Estado y tres días después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tumbara el artículo 75 del Código Civil y otras disposiciones por ser discriminatorios y plenamente contrarios a la Constitución, la entidad se convierte en la número 27 en avalar las uniones del mismo sexo.

De esta manera, el artículo 75 que regulaba el matrimonio y que hasta antes de la declaratoria de inconstitucionalidad disponía que “es la unión de un solo hombre y una sola mujer que conviven para realizar los fines esenciales de la familia como institución social y civil”, fue modificado al alcanzar el consenso necesario.

Con esto, a partir de ahora dicha figura será considerada como “la unión de dos personas a través de un contrato civil, que en ejercicio de su voluntad, deciden compartir un proyecto de vida conjunto, a partir de una relación afectiva con ánimo de permanencia, cooperación y apoyo mutuo y sin impedimento legal alguno”.

Igualmente, la redacción del 77, que también fue modificado, establece que “cualquier condición contraria a los fines esenciales de apoyo, cooperación, respeto, convivencia, igualdad y asistencia mutua que se deban los cónyuges, se tendrá por no puesta”.

Las iniciativas para permitir el matrimonio igualitario cuyo dictamen fue circulado desde el pasado martes, devienen de diputade Gonzalo Durán Chincoya, del grupo legislativo de Morena, así como de Ramón Díaz Ávila, integrante del Partido del Trabajo (PT), ambas con fecha del 5 de abril pasado.

Cabe destacar que este lunes 30 la SCJN resolvió dos acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de Veracruz y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), donde por unanimidad determinó invalidar el artículo 75 del Código Civil, lo que abrió la puerta a los matrimonios igualitarios.

Hasta este lunes, el 75 disponía que el matrimonio “es la unión de un solo hombre y una sola mujer que conviven para realizar los fines esenciales de la familia como institución social y civil”, porción normativa contraria a los principios de igualdad y no discriminación.

Los integrantes de la SCJN coincidieron en que el Código Civil de Veracruz incurría en un modelo específico de familia que si bien está incluido en la Constitución Política, se debe considerar una evolución en la formación de esta, para protegerlas en todas sus dimensiones.

Fuente: e-Veracruz

expresionenred

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